domingo, 20 de febrero de 2011
sábado, 19 de febrero de 2011
La Dirección Regional de Educación de Puno informó que más de doce mil docentes de la región han logrado inscribirse para poder participar en el concurso público del proceso de contrato de docentes de las instituciones educativas de educación básica y técnico productiva del ámbito regional de educación Puno.
El mencionado proceso que implica a los docentes de distintas especialidades del sector Educación, se efectúa de acuerdo a la Directiva Nº 004-2011-ME/SG-OGA-UPER y según al cronograma establecido por el Ministerio de Educación. La aplicación de la prueba única regional será indefectiblemente el domingo 20 de febrero a cargo de la UNA Puno.
Mientras tanto, la Dirección Regional de Educación Puno anunció que en este proceso cumplirá un papel importante, pues viene monitoreando con el propósito de garantizar su transparencia y además buscan atender oportunamente la demanda docente para el inicio de las labores escolares el 01 de marzo del presente año. Los maestros postulantes se disputarán unas dos mil plazas.
NOMBRAMIENTO
Señaló que para ello, el Ministerio de Educación, ante una cifra record de postulantes inscritos, tuvo que habilitar 258 locales entre colegios y universidades públicas y privadas en 42 sedes ubicadas en las capitales y ciudades más importantes de todas las regiones del Perú.
OTRO SI
miércoles, 9 de febrero de 2011
saludos
martes, 8 de febrero de 2011
PLAZAS EDUCACION BASICA REGULAR -EDUCACION FISICA Y EBA
Calana, 07 de febrero del 2011
OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL
Dirección Regional Sectorial de Educación
Tacna
sábado, 5 de febrero de 2011
Carrera Pública Magisterial - Nómina de PlazasReferencia: Decreto Supremo Nº 014-2011-EF.
Publicado en De Interés — (03 Feb. 2011)
Carrera Pública Magisterial - Nómina de DocentesReferencia: Decreto Supremo Nº 017-2011-EF.
Publicado en De Interés — (01 Feb. 2011)
Modifican fecha para Contratación de Docentes en Instituciones Educativas Publicas de Educación Básica y Técnico Productiva en el periodo lectivo 2011Resolución Jefatural Nº 0194-2011-ED.
Publicado en De Interés — (01 Feb. 2011)
fuente:www.minedu.gob.pe
martes, 1 de febrero de 2011
ver instructivo
- UGEL CANDARAVE : I.E. Jorge Martorell Flores.
- UGEL JORGE BASADRE : I.E. Rosa Ara.
- .UGEL TACNA : I.E. Modesto Basadre
La prueba se aplicará a nivel nacional el día domingo 20.02.2011, a las 09.00 horas en lugares determinados por la DRE Ancash....
Mediante Resolución Jefatural Nº 0194-2011-ED, se modifica el inciso c) del numeral 7.4 de la Directiva Nº 004-2011-ME/SG-OGA-UPER, "Normas y Procedimientos para la contratación de Docentes en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productiva en el periodo lectivo 2011".
c. La prueba se aplicará a nivel Nacional el día domingo 20.02.2011, a las 09.00 horas en lugar(es) determinado(s) por la DRE.
Descargar Resolución Jefatural Nº 0194-2011-ED
lunes, 31 de enero de 2011
Ademas deben tener en cuenta que para poder realizar su inscripción deben llenar sus datos en el Formato electrónico (FUT) de la página web de la Gerencia Regional de Educación de La Libertad, en esta dirección:
Inscripción para acceder a la Contratación Docente 2011
fuente : http://www3.ugelpacasmayo.gob.pe/
Se realizará del 31 de enero al 3 de febreroSE INICIÓ INSCRIPCIÓN DE POSTULANTES PARA CONTRATO DOCENTE 2011
La oficina de personal de la UGEL 03 informa que se ha iniciado el proceso de presentación de expedientes para los docentes que aspiran a una plaza de contrato para el año 2011.Se realizará del 31 de enero al 3 de febrero del presente año.
Los interesados deberán presentar su expediente adjuntando los siguientes documentos:
1.- Copia de título profesional pedagógico.
La presentación de expedientes se realizará en la I.E. Nº 1059 “María Inmaculada”, sito en: Av. Militar 1862, Lince.
Convocatoria y recepcion de Expedientes : 31 de Enero al 2 de Febrero
Elaboracion de la relacion de Expedientes : 3 y 4 de febrero
Prueba Regional : 6 de febrero
Requisitos del Postulantes para el contrato docente 2011
1. FUT (Formulario Único de Trámite)
2. Copia del Título Profesional Pedagógico
3. Copia del DNI, Carné de Identidad o de Extranjería
4. Ser miembro del Colegio de Profesores.
5. Currículum Vitae documentado.
6. Certificado de discapacidad (si lo tuviera).
7. Certificado oficial emitido por la autoridad competente que acredite su condición de Licenciado de las Fuerzas Armadas (si lo tuviera).
8. Declaración Jurada de acuerdo al formato adjunto ANEXO 05 ( ver directiva de contratos 2011)
NOTA: Los postulantes deberán señalar en el FUT la especialidad a la que postulan (letra imprenta y legible).
fuente: http://www.ugel05.edu.pe/
Convocatoria: 29-01-2011
Publicación de Plazas: 31-01-2011
Inscripción de Postulantes: Del 01 al 03 -02-2011
Publicación de inscritos y Sede de Aplicación de Prueba Única Regional: 04-02-2011
Aplicación de Prueba Única Regional: 06-02-2011
Publicación de resultados: 08-02-2011
Entrega de resultados a las UGELs y Municipalidad: 09-02-2011
Adjudicación de Plazas: Desde el 21-02-2010
DIRECTIVA N° 004-2011-ME/SG-OGA-UPER
NOTA: Para poder realizar su inscripción, llene sus datos en el formulario electrónico (FUT), que se encuentra en la página web de la Gerencia Regional de Educación (www.drelalibertad.gob.pe); imprima 2 copias e ingrese el mismo conjuntamente con su expediente por Mesa de Partes de la GRELL/UGEL/Municipalidad Florencia de Mora, donde postula.
fuente: http://www.ugelotuzco.gob.pe/
Los profesores deberán de tener en cuenta a la hora de inscripción los siguientes documentos:
• Copia del Título profesional pedagógico.
• Copia de DNI, carné de identidad o de Extranjería.
• Ser miembro del Colegio de Profesores.
• Curriculum Vitae documentado.
• Certificado de discapacidad (si lo tuviere).
• Documento oficial emitido por la autoridad competente que acredite su condición de Licenciado de las Fuerzas Armadas (si lo tuviere).
• Declaración jurada de acuerdo al formato.
Asimismo, se comunica a los profesores que se habilitarán personas para el fedateo de los documentos de los postulantes
fuente: tudocente.com
viernes, 28 de enero de 2011
- Normas y Procedimientos para la Contratación de Docentes en Instituciones Educativas Publicas de Educación Básica y Técnico Productiva en el periodo lectivo 2011
Resolución Jefatural Nº 0182-2011-ED. - Publicado en De Interés — (27 Ene. 2011)
- fuente:www.minedu.gob.pe
La noche del jueves 27 de enero publicó el Ministerio de Educación la RJ 182-2011, que aprueba la directiva 04-ME/SG-OGA-UPER para normar el proceso de contratación de profesores de educación básica y técnico productiva 2011 en plazas vacantes incluidas en el presupuesto analítico de personal vigente y que cuentan con financiamiento para el presente ejercicio.
Excepcionalmente las plazas vacantes concursadas cubren los cargos de profesor coordinador (PRONOEI, PIEBAF, CRAEI, TOE), docente coordinador (ONDEC, ODEC) y especialistas de educación (UGEL, DRE). Los contratos eventuales que ejecuten las UGEL, DRE y Municipalidades deben sujetarse a las normas de la directiva aprobada.
El código único generado por el sistema Nexus es indispensable incluirlo en las resoluciones directorales; incluso para los contratos eventuales.
Ningún profesor debe iniciar su trabajo antes de que la resolución de contrato haya sido emitida. El contrato tiene una vigencia mínima de 30 días y máxima hasta el 31 de diciembre del 2011. Si los contratos son resueltos antes de 30 días se paga por los días trabajados.
Los docentes deben tomar posesión del cargo dentro de los cinco días de iniciado el calendario de clases. De los contrato el contrato queda sin efecto, adjudicándolo a otro postulante según el procedimiento.
Se pueden realizar contratos en jornadas laborales menores estipuladas a la carga horaria establecida para cada nivel de enseñanza siempre y cuando formen parte del cuadro de distribución de horas. Los docentes que cumplen funciones directivas en escuelas unidocentes tienen una jornada laboral de 40 horas. Los docentes de secundaria y EBA ciclo avanzado pueden asumir jornadas adicionales de hasta 6 o 5 horas adicionales siempre previa resolución de autorización. En caso que se requiera, el personal docente de CEBA cubrirá su jornada laboral en turnos de mañana, tarde o los sábados y domingos.
No proceden los contratos en los casos siguientes: cargos directivos y/o jerárquicos, reemplazo de personal docente destacado y reemplazo de personal docente nombrado con encargo de funciones de la dirección de una institución educativa o que se encuentre en comisión de servicios.
Entre las causales que no permiten la contratación están: estar cumpliendo sanción disciplinaria de cese temporal, tener más de 70 años, haber abandonado el cargo sin que a la fecha se haya resuelto la situación laboral, ex servidores destituidos o separados desde el 2006, los sancionados por delitos sexuales, que tienen antecedentes penales por delitos dolosos, que cumplen sanciones por tales delitos y los suspendidos o inhabilitados judicialmente.
Los servidores contratados se encuentran impedidos de desempeñar un empleo público remunerado que no sea docente.
Corresponde al Ministerio de Educación elaborar la estructura de la prueba regional y a las Direcciones Regionales de Educación publicar las plazas vacantes, elaborar y aplicar la prueba, publicar los resultados, así como el consolidado de plazas vacantes. Las UGEL y Municipalidades que participan de la Municipalización de la Educación también publicarán sus listados de plazas vacantes en su correspondiente web. Las instituciones educativas deben dar posesión del cargo e informar sobre las plazas vacantes que se generen durante el año lectivo. Las plazas vacantes se deben publicar según la siguiente clasificación: plazas vacantes, horas para completar el plan de estudios, vacantes por disponibilidad presupuestal. Todas las plazas de instituciones educativas unidocentes corresponden al cargo de docente.
La prueba se aplicará el domingo 6 de febrero a las 9 de la mañana en los locales que determine la Región respectiva. La calificación es vigesimal considerándose las centésimas y es válida solo para el cuadro de méritos del nivel, modalidad y especialidad postulada. Los resultados son inapelables y el orden de méritos de los resultados se mantiene durante el año para cubrir contratos eventuales.
Inscripción de postulantes
Se realiza en las UGEL y Municipalidades en el caso de las plazas docentes. Los postulantes deben acreditar los siguientes requisitos:
1. Copia del título profesional pedagógico inscrito en el registro de grados y títulos del Ministerio de Educación o Dirección Regional de Educación y en la Asamblea Nacional de Rectores, cuando corresponda. Si es del exterior también debe ser revalidado por este organismo. Para acceder a una plaza docente que no corresponda a la denominación de su título pedagógico hay que demostrar los estudios respectivos.
2. Copia del DNI, carnet de identidad o extranjería
3. Ser miembro del Colegio de Profesores
4. Currículum vitae documentado
5. Certificado de discapacidad (si lo tuviere)
6. Documento oficial emitido por la autoridad correspondiente que acredite su condición de licenciado de las fuerzas armadas (si lo tuviere)
7. Declaración jurada
Los trámites administrativos, de fedateado de inscripción y presentación de expedientes realizados en las Direcciones Regionales de Educación, UGEL y Municipalidades son gratuitos.
Factores de evaluación
Son factores de evaluación: formación profesional (60%), capacitación y actualización (20%), experiencia laboral en el ejercicio del cargo docente (20%). En caso de un empate entre postulantes, prima el puntaje de acuerdo a la prelación de factores. Si el empate persiste se tiene como criterio la antigüedad del registro del título pedagógico.
Remuneraciones para docentes sin título pedagógico
En las plazas vacantes pertenecientes a Educación Técnico Productiva, Área Curricular de Educación para el Trabajo y Educación Especial (Psicólogos, Asistenta Social, Terapeuta, otros) donde no se presente ningún docente con el perfil mínimo requerido podrán participar y postular docentes sin título pedagógico.
El DS 079-2009-ED establece: Fíjese en S/. 1 196,00 (Un mil ciento noventa y seis y 00/100 Nuevos Soles) el monto de la Remuneración Mensual de los profesores contratados, correspondiente a una jornada ordinaria de
trabajo de 30 horas pedagógicas. Los profesores contratados que por razones de modalidad, forma, nivel, ciclo o disponibilidad de horas en la institución educativa, trabajen un número de horas diferente a la jornada señalada, perciben una remuneración proporcional a las horas de trabajo. El 65% de esta Remuneración Mensual está afecta a cargas sociales. Los profesores contratados, en caso corresponda, perciben la asignación establecida en el artículo 47 de la Ley Nº 29062 y es calculada tomando como base de cálculo el monto fijado en el presente artículo.
Adicionalmente el DS 104-2009-ED dispone: "Única Disposición Final y Transitoria.‐ Establézcase para el año fiscal 2009, que los montos de la remuneración mensual de los profesores contratados serán los siguientes:
En primaria de Educación Básica Regular y de Educación Básica Especial, así como de los Ciclos Básico y Medio de Técnico Productiva en S/. 1 196,00 (Un Mil Ciento Noventa y Seis y 00/100 Nuevos Soles).
En secundaria de Educación Básica Regular con la jornada laboral completa, en S/. 1 108,00 (Un Mil Ciento Ocho y 00/100 Nuevos Soles). Los profesores que debido a la necesidad del servicio en la institución educativa, trabajen una jornada menor a la establecida, perciben por dichas horas el monto proporcional correspondiente.
En inicial de Educación Básica Regular y de Educación Básica Especial, así como de los Ciclos Inicial, Intermedio y Avanzado de Educación Básica Alternativa, en S/. 1 154,00 (Un Mil Ciento Cincuenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles).
En caso corresponda, los profesores contratados perciben la asignación por trabajo en instituciones educativas unidocentes o multigrado establecida en el artículo 47 de la Ley Nº 29062 y es calculada tomando como base de cálculo los montos fijados en el presente artículo.
El 65% de la Remuneración Mensual está afecta a cargas sociales"
La escala salarial para el personal que no tiene título pedagógico es la siguiente:
Estudios pedagógicos concluidos (bachiller o egresado en educación) | 30 25 24 | 1005.37 970.06 931.40 |
Título profesional no pedagógico (título universitario) | 30 25 24 | 997.68 962.64 924.27 |
Estudios pedagógicos no concluidos | 30 25 24 | 988.3 953.62 915.61 |
Estudios pedagógicos de nivel superior (estudios universitarios no concluidos, Profesionales técnicos -IST | 30 25 24 | 980.62 946.18 908.46 |
Educación secundaria completa y Seminarios - Talleres | 30 25 24 | 977.45 943.12 905.52 |
fuente: politicadsdeeducacion
autor: Dr. Hugo Diaz Diaz
lunes, 17 de enero de 2011
Asimismo, por las municipalidades incluidas en el Plan de Municipalización de la Gestión Educativa en todo el Perú. Se encuentra prohibido destacar o rotar al docente contratado, ya sea para cumplir funciones de auxiliar de educación, administrativas u otras, dentro de la institución educativa o en otra entidad.
OFICINA DE PRENSA Y COMUNICACIONES17 Ene. 11
fuente:www.minedu.gob.pe
viernes, 14 de enero de 2011
El comentario que se puede hacer a la norma sobre contratos, aún en espera de la directiva especifica, es que la administración de personal está ingresando a un proceso muy complejo y difícil de manejar. Por un lado, está el concurso de nombramiento establecido mediante RM 199-2010-ED que todavía no ha concluido; está también el concurso que dispone la RM 422-2010-ED y, finalmente, esta norma para contratos. En todas ellas se dispone que los profesores deben someterse a pruebas.
La pregunta que surge es: no habría podido simplificarse el proceso? ¿Cuántos de los profesores están particpando simultáneamiento en los tres concursos? ¿Que sucederá con los profesores que ganen una plaza de contrato y que esa plaza sea ganada luego por un profesor que se presentó al nombramiento?
¿Ha previsto el MED esta situación? Sería bueno que la Unidad de Personal del MED de explicaciones sobre la estrategia que sigue y cómo se evitará que los profesores sean sorprendidos con sucesos en el camino que podrían significar una suspensión de sus contratos por una mala planificación de los procesos.